Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 03 de noviembre de 2009, por el abogado MARCOS VILERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en contra del auto dictado por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de noviembre de 2009, oída en un solo efecto por auto de fecha 05 de noviembre de 2009. SEGUNDO: REVOCA el auto apelado de fecha 02 de noviembre de 2009, dictado por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en el juicio seguido por los ciudadanos WILLIAM JOSÉ HERNÁNDEZ, GLADYS CU.....