este Tribunal HOMOLOGA la presente transacción; dándole efectos de cosa juzgada. De la misma manera se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial a los fines de dejar sin efecto la apertura de la cuenta de ahorro ordenada por este tribunal en fecha 17 de Noviembre de 2008. Asimismo de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo numeral 3 se acuerda las copias certificadas. Igualmente, se ordena el cierre y archivo del expediente. Archívese.-