En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Eficaz en todas sus partes el poder otorgado por el ciudadano Silvestre Da Costa López, procediendo en su condición de Director Principal de la Sociedad Mercantil ""Efitech Construcciones, C.A, en consecuencia, se declara suficiente la representación judicial ejercida por los apoderados judiciales señalados en el instrumento poder consignado en la oportunidad de la Audiencia Preliminar y por lo tanto valida la comparecencia de los apoderados judiciales de la demandada a la celebración de la audiencia preliminar de fecha 29-10-2009. SEGUNDO: Se ordena la continuación del procedimiento, en consecuencia, se procede a pronunciarse sobre la fecha de la reprogramac.....