Se publicó sentencia interlocutoria en el presente asunto declarándose: PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de nulidad interpuesta en fecha 23 de julio de 2015 por la abogada Ana Elizabeth Moreno, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 208.621, en su condición de apoderada judicial del ciudadano Ender Joel Vásquez Terán titular de la cedula de identidad V-19.000.805 y afiliado a la organización Sindical (SUOETLECAV) contra auto de fecha 20/06/2014 expediente N° 069-1945-02-0002, emanada del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS). SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-