DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: IMPROCEDENTE la falta de cualidad activa alegada por la representación judicial de la parte demandada, ciudadano ALFREDO ORBEGOZO BARBOSA, identificado al inicio del presente fallo.
Segundo: SIN LUGAR la demanda por DAÑOS MORALES Y MATERIALES incoada por los ciudadanos MARIO GIANNATTASIO DELLA MÓNICA y MARIO FERNANDO GIANNATTASIO ARANA, en contra del ciudadano ALFREDO ORBEGOZO BARBOSA, todos identificados al inicio del presente fallo.
Tercero: SIN LUGAR la reconvención formulada por los Abogados Alexander Ramón Mora Guevara y Sandro Cappelli Ritrovato, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 28.646 y 187.234, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano A.....