Por los motivos expuestos este TRIBUNAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos MARISOL DEL CARMEN SUAREZ MALDONADO y ALEXANDER RAFAEL GONZALEZ VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 10.484.264 y 11.780.141, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 28/12/1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el número de acta 716, de los libros llevados por esa oficina. Y ASI SE DECIDE.
Del vínculo matrimonial se procrearon dos hijos, los cuales llevan por nombres SSSSSS.....