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Decisiones del dia 08/02/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-M-2011-000009. N° Sentencia : Fecha: 08/02/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: LA SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA DEL SAY 96, C.A., INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL (HOY DISTRITO CAPITAL) Y ESTADO MIRANDA, EN FECHA 31/07/1996, BAJO EL NO. 28, TOMO 195-A-PRO., REPRESENTADA JUDICIALMENTE POR LOS ABOGADOS EN EJERCICIO MARK A. MELILLI SILVA, PABLO ANDRES BENAVENTE Y ALEJANDRO GONZALEZ ARREAZA IPSA NROS. 79.506, 60.027 Y 131.593, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
En tal sentido, al no verificarse la concurrencia de los extremos establecidos en los artículos 585 y parágrafo primero del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, es deber del Juez negar el decreto de la providencia cautelar peticionada relativa a la medida de innominada, más aún, cuando la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 14-02-2004, caso: Eduardo Parilli Wilhem, estableció: "... El otorgamiento de una medida cautelar sin que se cumplan los requisitos de procedencia violaría flagrantemente el derecho a la tutela judicial efectiva a la contraparte de quien solicitó la medida y no cumplió sus requisitos..." Por todas las argumentaciones que se han dejado extendidas este Tribunal NIEGA la medida innominada y así se decide. Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (08) días del mes de Febrero de 2.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2011-000251 N° Sentencia : Fecha: 08/02/2011
Procedimiento:
Intimación De Honorarios Profesionales
Partes:
DEMANDANTE: SAIDA BLANCO RAMONI, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-10.099.784, ABOGADA EN LIBRE EJERCICIO, INSCRITA EN EL I.P.S.A. BAJO EL NRO. 97.297, PROCEDIENDO EN ESTE ACTO EN SU PROPIO NOMBRE E INTERÉS.
Resumen:
Claramente se observa que la presente demanda se encuentra dentro del supuesto de inadmisibilidad por ser "CONTRARIA A DERECHO". Con fundamento en las normas invocadas y en acatamiento a las sentencias parcialmente transcritas, y con vista en que en el caso sub-iuduce la parte actora realizo la acumulación indebida de acciones. En consecuencia, es forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE, por ser contraria a derecho la acción intentada por SAIDA BLANCO RAMONI contra HILDA ENID SEVILLA GONZALEZ por INTIMACION DE HONORARIOS JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES Regístrese, Publíquese y déjese copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (8) días del mes de Febrero de 2011. Años 200° y 151°.
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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