Se dictó resolución mediante la cual se declaró PERECIDO el presente recurso de apelación interpuesto en fecha siete (07) de diciembre de dos mil once (2011), por el ciudadano IVÁN ALEXIS PIEMONTI CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-21.482.160, asistido por la abogada LIGIA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.322, contra la sentencia dictada en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil once (2011), por el Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, que declaró EXTINGUIDA la obligación de Manutención.