DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por la Abogada Silvia Osiris Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 27.738, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS ALFREDO GARCÍA IBAÑEZ, en el juicio de partición de comunidad que incoara en contra de la ciudadana LISBETH COROMOTO CHACON BECERRA, ambos identificados al inicio del presente fallo, en consecuencia, se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble:
1) Un (01) inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, distinguido con los números cinco-diez y nueve (5-19), ubicado a continuación del cinco-di.....