este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código Civil Vigente, declara como UNICA y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus ENRIQUE ALEJANDRO GUTIERREZ BETANCOURT, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-17.160.351, a su hija, la niña (...), representada por su progenitora antes mencionada. Devuélvase en original todas las actuaciones previa su certificación en autos, expídanse las copias que requiera la parte interesada y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada en su oportunidad correspondiente, así mismo se acuerda remitir al Coordinador de archivo, copias certificadas de las actuaciones, a los fines de su archivo correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Abg. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ.
Abg. KATERY ROJAS.
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