En consecuencia, esta Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio inserta en el libro de Registro Civil de Matrimonio, llevado por el Juzgado Tercero de Parroquia del Departamento Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (Hoy Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de La Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas), anotada bajo el Nº 512, de fecha 12 de Diciembre de 1986, folio 16 y Vto Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el Acta de Matrimonio al colocar su nombre como: "ZULAY", cuando lo correcto es "SULAY". Así se decide.-