DECISION:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: AUGUSTO JOSE GIL MANZANO Y CARMEN AURORA PÉREZ SOTO, ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que ambos contrajeron el día veintitrés (23) de Mayo de 1995, por ante la Oficina del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº03 que en copia certificada fue traída a los autos.- ASI SE DECIDE.- De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil.- Queda extinguida la Sociedad Conyugal.- ASI SE DECIDE.---------------------------------------------------------------------------------.....