Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior actuando en sede constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la profesional del derecho SINAMAICA GUEDEXZ de BELLO, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 4.547, actuando por sus propios derechos, contra la conducta omisiva del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de resolución de contrato de compraventa seguido por los ciudadanos ENRIQUE FRIEDMAN CHUCRAN y EPIFANIA VIVAS de FRIEDMAN contra la empresa COBRANZAS EJECUTIVAS COBRA C.A., expediente Nº 99-5188 de la nomenclatura del mencionado Tribunal Quinto de Primera Instancia. Se ordena al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción .....