DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación formulado la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de enero de 2011, por el Juzgado 13° de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que declaro la negativa de la prueba de informes promovida por la parte actora. SEGUNDO: Se ordena al mencionado Tribunal a quo proceda a la admisión de la prueba de Informes al Banco de Venezuela y al Banco Mercantil, ambas promovida por la parte actora, dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo del presente asunto, debiendo remitir anexo a los oficios correspondientes, copia certificada del escrito de promoción de pruebas. TERCERO: Se modifica el auto apelado. CUARTO: Por.....