Por todas las consideraciones precedentes, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la demanda de nulidad intentada por la ciudadana ROSA ABRANTE HERNANDEZ, contra la Providencia Administrativa No. CJ-C-2011-0017 de fecha 15 de abril de 2011, emanada de la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Vargas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL). Se ordena notificar a la parte recurrente de la presente decisión.