En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A, debidamente representada por su apoderada judicial CAROLINA BELLO COUSELO, inscrita en el inpreabogado bajo el número 118.271, y la ciudadana DALIA MORAIMA COIRAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 92.729, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS EDUARDO SILGUERO MONSALVE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 12.779.225.
Se deja constancia que una vez que conste el pago definitivo objeto de esta transacción, se ordenará el archivo definitivo y su cierre informático. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes involucradas en la .....