DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta SALA SIETE DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto por la Defensora Pública Vigésima Cuarta Penal del Área Metropolitana de Caracas, Abg. CARMEN DÍAZ, en favor del ciudadano penado MIJARES JOSÉ IRVIS, titular de la Cédula de Identidad N° V.-12.961.887, y por ende se MODIFICA la penalidad impuesta al precitado penado en lo atinente al cambio de pena de presidio por prisión, quedando modificada en los siguientes términos: En QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarlo incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal Vigente, en virtud que esta Sala considera procedente y ajustado a derecho realizar el cambio o modificación antes referido, beneficiando así al penado de autos; en consecu.....