Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA al penado RIVAS SUBERO WILFREDO ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 20.605.258, la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, acordado el 27-04-2007, de conformidad con lo establecido en el Artículo 511 del Código Orgánico Procesal reformado. En tal sentido, se ORDENA LA CAPTURA del mencionado penado, y se asigna el Internado Judicial Región Capital "Rodeo I", como el sitio en que el penado RIVAS SUBERO WILFREDO ANTONIO, deberá cumplir la pena impuesta en su contra. Y ASÍ SE DECIDE.