Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS (EN TRANSICION) Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 15, 242, 267 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: EXTINGUIDO POR ABANDONO EL RECURSO DE APELACION EJERCIDO CONTRA LA DECISIÓN DICTADA EL 28 de julio de 1997, por el abogado EITER D´ANDREA, apoderado judicial de la parte demandada con las consecuencias de ley.