Se HOMOLOGA el desistimiento de la pretensión en contra de la ciudadana BELKIS COROMOTO SARMIENTO BRITO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.255.275, por carecer de cualidad pasiva para sostener el presente juicio. Así se establece. SEGUNDO: Se imparte la HOMOLOGACIÓN de los acuerdos alcanzados por las partes en el proceso de mediación promovido por este Juzgado y contenidos en la presente acta, dándole efecto de COSA JUZGADA. TERCERO: Se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta. CUARTO: Se acuerda agregar a los autos copia fotostática de los cheques antes identificados, así como lo peticionado por la parte demandada que le sea expedido un (1) juego de copias certificadas i) del libelo de la demanda, ii) auto de admisión y iii) de la presente acta; y por último se ordena el cierre y archivo del presente expediente.