esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 14 de abril de 2014, por el ciudadano HECTOR JOHNNY DUARTE, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.499, actuando en su condición de Defensor de los ciudadanos LUÍS ÁNGEL RIOBUENO GUARDIA y ALFREDO GUINO DUARTE CASTRO, titulares de las cédulas de identidad números V-23.640.478 y V- 18.021.589, respectivamente, contra la decisión emitida por el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 8 de abril de 2014, con ocasión a la celebración de la audiencia para la presentación del aprehendido, en la cual decretó la Medida d.....