estando el expediente en fase de mediación. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora ABDIAS MANRIQUE, C.I. V- 10.828.281, acompañado de su apoderado abogado JOSEFINA ROA ROA, IPSA Nº 158.699, y firmado por el representante legal de la demandada FUNDACIÓN RUSA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA, abogado JACOPO GOUVEIA, IPSA N° 144.806, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs.45.210,70), mediante cheque del Banco Banesco, Nº 38298791, de fecha 11-04-2014, a nombre del trabajador, con lo que se dará por terminado el litigio, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, en concordancia con lo dispuesto en e.....