este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento incoado por EMPRESAS EBONY, C.A., inscrita en el Registro Mercantil V, bajo el Nro. 49, tomo 1539-A-Qto de fecha 26 de marzo de 2007 contra PROVIDENCIA ADMNISTRATIVA No. 00266-12, dictada en el Expediente No. 027-2012-06-00106, de la Inspectoria del Trabajo del Este del Área Metropolitana de Caracas (adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social), de fecha veintinueve (29) de agosto de 2012, mediante la cual se declara infractora a EMPRESAS EBONY, C.A. e impone multa por la cantidad de Bs. 32.938,14; SEGUNDO: No se condena en costas a la parte recurrente. TERCERO: Notifíquese a la parte recurrente de la presente sentencia y una vez que conste en autos tal notificación comenzarán a correr los 05 dias para el r.....