Se dictó Resolución, mediante la cual se Desecho la oposición formulada en fecha 2 de junio de 2017, por las apoderadas judiciales de la parte demandante. Asimos se admitieron las pruebas promovidas, en fecha 19 de mayo de 2017, por el abogado ALBERTO RODRIGUEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; y las de fecha 26 de mayo de 2017, presentadas por la abogada ELINOR DEL VALLE CAMPOS GUTIERRES, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora.-