PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano GLENDER RAMON HERNANDEZ TEJERA, por la comision del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE SOSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionados en el articulo 458, en concordancia con el segundo aparte del articulo 80,278,y 470 todos del Codigo Penal
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se ordena la libertad plena del ciudadano GLENDER RAMON HERNANDEZ TEJERA, la cual se hace efectiva desde la sede de la sala de Audiencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Codigo Organico Procesal Penal TERCERO: EXONERA al Estado al pago de las costas procesales, a los cuales hace referencia los numerales 1° y 2° del articulo 266 del Codigo Organico Procesal, en relacion con el articulo 268 ejusdem, en atencion al contenido del articulo 26 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela CUARTO: Se declara SIN LUGAR el pedimento de la defensa, en lo que se refiere al in.....