Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PARCIALEMNET CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NELSON JESUS MATAMOROS ORTIZ, en contra la demandada RECEPCIONES, FESTEJOS Y BANQUETES EL PRADO C.A., ambas plenamente identificadas, en consecuencia, se condena a esta última a cancelar al accionante las cantidades que resulte de los siguientes conceptos: 1) Días de descanso semanal no pagados; 2) Días de fiesta nacionales y feriados no pagados; 3) vacaciones adeudadas; 4) vacaciones fraccionadas; 5) Pago de Bono Vacacional; 6) Bono Vacacional fraccionado; 7) pago de utilidades; 8) Utilidades fraccionada; 9) Antigüedad (art. 108); 10) Intereses sobre prestaciones sociales; 11) Preaviso; 12) Indemnización de Antigüedad art. 125 LOT; 13) Bonificación .....