DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho ALICIA MONRROY CARMONA, MARIA ALEJANDRA OSORIO y ANDRES RODRÍGUEZ POU, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JOSE MIGUEL RIVERO ALBUJAS y PETER PHILLIPS PÉRES MOLY, en su condición de accionistas, miembros de la Junta Directiva y representantes legales de la Sociedad Mercantil Unidad Médica El Cristo C.A., en contra de la decisión dictada en fecha 24 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual decret.....