En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Yazmin Coromoto García de Guzmán y William José Guzmán Márquez, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 2 de agosto del 1984, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Valentín Valiente del Distrito Sucre, estado Sucre, hoy estado Sucre, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1984.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil del Municipio Valentín Valiente, del estado Sucre, al Registrador Principal del estado Sucre, y al Consejo Nacional Electoral, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.