DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ARISTIDES ISIDRO BERMÚDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.673.734, asistido por el abogado YOHNNY ANTONIO BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 203.188, contra el Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Bolivariano de Miranda