Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09 de mayo de 2014 por la abogada HADILLI GOZZAONI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 05 de mayo de 2014 por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de mayo de 2014 por el abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 05 de mayo de 2014 por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Jud.....