PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 22 de Julio de 2008 por la abogado NORMAN KELIN PALMA BASTIDAS, en su carácter de parte actora actuando en su nombre propio y representación, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de Julio de 2008, oída en ambos efectos en fecha 25 de Julio de 2008. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia transcurrido el lapso de ocho (8) días hábiles contados a partir de la consignación en el expediente de la respectiva constancia se tiene por notificado al Procurador General de la República para que se inicien los lapsos para la interpo.....