Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 04 de julio de 2014 por el abogado EFRAÍN SÁNCHEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de julio de 2014, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano DENNYS JOSE VILLAROEL en contra de las sociedades mercantiles SAVIDIA, C.A., y L.C. INGENIERIA II, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme la excepción prevista en el artículo 64 de la Ley Orgánica P.....