Por las razones antes expuestas, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN en DIVORCIO en la presente Separación de Cuerpos y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos ISABEL CRISTINA ANTONI MARTINEZ Y SERGIO ERNESTO ARANDA GANCEDO, celebrado en fecha 01 de julio de 1995, ante la Junta Parroquial del Municipio El Hatillo del Estado Miranda.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 349 y 351, Parágrafo Primero y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ambos progenitores ejercerán la Patria Potestad de los niños SSSSSSS, de once (11) y seis (06) años de edad, respectivamente, mientras que la Guarda será ejercida por la madre, ciudadana ISABEL CRISTINA ANTONI MARTINEZ.
En relación a la Obliga.....