Este Juzgado estima que el auxiliar de justicia para realizar la misión encomendada requiere de cinco (05) horas hombre para la realización de la experticia complementaria encomendada, que multiplicadas por ocho (8) que es la cantidad de Bs.127 arroja un total de: 1016 Bs., multiplicadas por cinco (5) horas, determina un total de 5.080,00 Bs., cantidad ésta, en la cual este Juzgado fija los honorarios del experto contable designado. Por lo que este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en uso de su competencia legal, fija en CINCO MIL OCHENTA BOLÍVARES EXACTOS (BS. 5.080,00), los honorarios del experto, los cuales serán cubiertos por la demandada según lo indicado en la sentencia. ASÍ SE ESTABLECE.-
LA JUEZ
ABG. THAYNA ALBARRAN
EL SECRETARIO