En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos ABRAHAM OSWALDO ACERO LINARES y MARÍA YSABEL LEON ALFARO, plenamente identificados en autos; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 15 de diciembre de 1.995, tal y como consta en el acta de la partida de matrimonio Nº 13, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Federal, (hoy Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital) inserta en el Libro de Registro Civil correspondiente al año 1995.
Ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito C.....