"...El Tribunal vistas las exposiciones anteriores, así como el pedimento del apoderado judicial de la parte actora, en cuanto a que se suspenda la práctica de la medida de Secuestro, visto el arreglo realizado entre las partes y del que se dejó constancia en esta acta, para la cual fuera comisionado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, se acuerda conforme a lo solicitado, igualmente se acuerda que por auto separado se remita esta comisión al Tribunal de la causa, previa las diligencias administrativas en este Juzgado..."