En este estado este Juzgado vista la exposición que antecede y la manifestación de la parte actora, debidamente representado por su apoderada judicial, de desistir en este acto de la acción incoada a la empresa demandada, homologa el desistimiento manifestado, dándole efecto de cosa juzgada; en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y terminado el proceso.