Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 24 de octubre de 2013 por la abogada CARMEN GÓMEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de octubre de 2013, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano OSCAR RAMÓN CONTRERAS COLMENARES en contra de la sociedad mercantil RESTAURANT ANTIGUA BISTRO ITALIANO DE LA CORPORACIÓN FACTORÍA 27, C.A. SEGUNDO: Se condena en costas a la recurrente conforme el artículo 62.....