Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la Oferta Real de Pago interpuesta por la entidad de trabajo BAR RESTAURANT Y CERVECERIA LAS ROCAS, C.A., a favor del ciudadano JOSE EDUAR GARCIA MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.271.609
CÚMPLASE, REGISTRASE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA
DE LA ANTERIOR DECISIÓN
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho, a los Ocho (8) días del mes de Noviembre de Dos mil diecisiete (2017). Año 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA
HEIDY GUAICARA