Por las razones expuestas, éste Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de autorización judicial interpuesta por la ciudadana YdVMdC; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.213.052. En consecuencia, queda judicialmente autorizada la referida ciudadana para que realice la venta del vehículo marca JEEP, tipo SPORT WAGON, modelo CHEROKEE RENEGA, clase CAMIONETA, año 2000, color AZUL, placa MCP77R, serial de carrocería 8Y4FF47S2Y1208355, serial de motor 6 cilindros, la cual es de VEINTITRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 23.000.000,00), esta Sala de Juicio, deja expresa constancia que la cuota que le corresponda a los adolescentes XXXXXXX, deberá ser entregada en cheque d.....