DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 322, 318 ordinal 3 y 48 ordinal 1º todos del Código Orgánico Procesal Penal; Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano EDUARDO JOSÉ URDANETA RENDON, venezolano, natural de Maracaibo. Estado Zulia, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.099.747, fecha de nacimiento 29-12-1980, quien en vida manifestó estar residenciado en el sector Mata Palo. Barrio El Estanque. Casa 19-09. Coche. Parroquia Coche, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente para la fecha de la presunta comisión del delito, y en consecuencia se declara EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, por muerte del imputado. .....