Por las razones antes expuestas, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN en DIVORCIO en la presente Separación de Cuerpos y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos KELVIA KRISTINA ALVAREZ GONZALEZ y JUAN ENRIQUE PERALTA URIEPE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad números 17.908.411 y 15.540.000, respectivamente, celebrado en fecha 02 de diciembre de 2004, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentada bajo el número 158, en los libros de matrimonios llevados por esa oficina.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 349 y 351, Parágrafo Primero y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adol.....