Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el procedimiento abierto a pruebas y ordena que se siga por el procedimiento ordinario, que en materia marítima es el contemplado en el Decreto con Fuerza de Ley de Procedimiento Marítimo.