- III -
D I S P O S I T I V A
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoara la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS, C.A., contra la sociedad mercantil RODOVIAL, C.A. y los ciudadanos GIANNI MAURICIO PALAZZESE FREDDI, TOMÁS ROMERO, ANA MARIA DE PALAZZESE, y VERONICA AGUILAR DE ROMERO, todos plenamente identificados en el cuerpo de esta sentencia, DECLARA:
PRIMERO: Que los demandados en el presente juicio son: Sociedad mercantil RODOVIAL, C.A. y los ciudadanos GIANNI MAURICIO PALAZZESE FREDDI, TOMÁS ROMERO, ANA MARIA DE PALAZZESE, y VERONICA AGUILAR DE ROMERO.
SEGUNDO: SE REVOCA por contrario impero los autos dictados en fecha 15 de marzo de .....