En virtud de lo antes expuesto y examinados los documentos acompañados, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos DENISE JULIETT ARGUELLO RUZ y YERMINHT LENIN BLANCO LUGO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las cédulas de identidad números 6.750.714 y 11.284.919 respectivamente, número telefónico 0412-1722842, correo electrónico Fliaarguello1@gmail.com, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia, por ante la Notaría Primera de Cabimas Estado Zulia, debidamente asistida la solicitante por el Abogado en ejercicio, ciudadano EDUARDO JOSÉ GUANIPA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO.....