: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara INADMISIBLE la demanda, incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO VARGAS VALLES, contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSISTEMA Y AGUA todos plenamente identificados a los autos. TERCERO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condena en costas. ASI SE DECIDE