CON RELACIÓN A LAS PRUEBAS DE LA PARTE QUERELLANTE:
PRIMERO: En relación a las pruebas documentales promovidas en los literales identificados con las letras A, B, C, D, F, F1, F2, F3, F4, G y H, del referido acervo probatorio, consignado por la parte querellante en el presente litigio, este Juzgado las ADMITE, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva que recaiga en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo supra señalado. Cúmplase.