Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- Que en el presente proceso de cumplimiento de contrato seguido por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO BELISARIO SANDOVAL y AÍDA VESTALIA SEGOVIA contra la ciudadana MARÍA ELENA GUERRERO, se ha consumado la perención de la instancia prevista en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO.- SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la abogada ZULAY ORELLANES actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada el 28 de noviembre de 2007 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró perimida la instancia. TERCERO: Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento C.....