Parte dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley:
DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA PRINCIPAL, que presentó Antonia Taronna La Torre contra Leonardo Croce y Patricia Gil, ambas partes arriba identificadas. Y en consecuencia condena a los demandados a desocupar el inmueble de autos arriba identificado y entregárselo a la parte actora libre de bienes y personas, en la oportunidad establecida en el art.34 Parágrafo Primero del Decreto Ley de arrendamientos Inmobiliario. Hay condena en costas por razón del vencimiento total, por razón del vencimiento total, de acuerdo con el art. 274 CPC.
DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA RECONVENCIONAL, que presentó Leonardo Croce contra Antonia Taronna la Torre. Y en consecuencia condena a la parte actora reconvenida a pagarle al demandado reconveniente, por concepto de reintegro, el monto de un Millón ciento veinte y dos mil .....