Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDO el recurso de hecho interpuesto por el apoderado judicial de la compañía Turismo Maso Internacional, C.A., contra el auto de fecha 16 de abril de 2008, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-